Guia - Exportar en 8 Pasos - Trámites - Medio de Pago - Leguace del Comercio - Transporte
El Pago Internacional

 

Anticipo del Comprador (Cash in Advance)

1-   Importador entrega dinero a su Banco Comercial

2-   El banco del Importador recibe el dinero y le enviá al Exportador utilizando los servicios de un banco ubicado en el país del Exportador

3-   El Banco del Exportador avisa a éste la recepción de los fondos

4-   El Exportador despacha la mercadería y los documentos de embarque al Importador

 

Cuenta Abierta (Open Account)

1-   Vendedor/Exportador  embarca la mercadería y despacha los documentos comprobatorios del embarque directamente a su comprador

2-   Importador con los documentos de embarque compra con moneda local las divisas necesarias para cancelar el valor de la operación al vendedor

3-   El Banco del importador envía las divisas al exportador utilizando los servicios de un banca del área del exportador.

4-   El Banco del exportador avisa al exportador la llegada de las divisas por la cancelación de la exportación, entregándole a cambio de las divisas el equivalente en moneda local de su país

 

Cobranzas documentarias (Documentary Collection)

1-   El Exportador prepara los documentos de embarque, la letra de cambio y embarca la mercadería objeto del contrato

2-   El Exportador presenta los documentos de embarque, la letra de cambio y las instrucciones de cobro a su banco

3-   El Banco del Exportador envía los documentos, la letra de cambio y las intrucciones del Exportador a su Banco corresponsal

4-   El Banco corresponsal notifica al Importador que ha recibido los documentos de embarque y cuales son las instrucciones del Exportador para la entrega de los mismos

5-   El Importador cancela el valor de la operación (o acepta pagar en una fecha futura) y a cambio recibe la documentación correspondiente

6-   El Banco cobrador recibe la cancelación de la operación de parte del girador y remite los fondos al banco remitente de acuerdo con las instrucciones del Exportador

7-   El Banco remitente recibe la cancelación de parte del Banco corresponsal y procede a entregar su valor al exportador

 

Carta de Crédito irrevocable y confirmada 
(
Confirmed and irrevocable Letter of Credit)

1-   El Comprador llena la de solicitud, solocitando a su Banco la emisón de su crédito irrevocable a favor del Vendedor extranjero

2-   El Banco del Comprador emite su crédito de conformidad con las instrucciones del ordenante. Esto constituye un  compromiso independiente del Banco y es exigible contra este Banco, incluso si el Comprador no está en capacidad de reembolsarle su costo al Banco

3-   El Banco que emite el crédito generalmente pide a otro banco en el país del vendedor con el cual tenga relaciones (Banco corresponsal), que notifique el crédito al beneficiaro

4-   El crédito puede ser pagadero en las oficinas de un Banco del país del Vendedor o, en casos en el Banco Emisor. En algunos casos el banco del país del Vendedor agrega su propia obligación de pago mediante la confirmación del crédito, lo que da al beneficiaro un derecho directo contra el banco en su proprio país

5-   El Vendedor despacha sus mercancías y presenta los documentos al Banco para exigir su pago. El crédito puede preveer que el pago se haga de inmediato o en una fecha posterior. También puede exigir que el beneficiario presente una letra de cambio junto con los documentos comerciales.  

6-   El Banco pagador recoge los documentos en el Banco emisor y toma posesión de las mercancías.